Daniel Reátegui, abogado litigante de profesión, conversó con El Hito sobre la nueva medida implementada por el Gobierno argentino de prohibir el ingreso de deudores alimentarios a espectáculos deportivos.

La disposición que busca ser una herramienta de presión sobre los deudores alimentarios causa revuelo en Argentina y podría dejar más de 13 000 afectados. Para comprender si la medida será efectiva y si se podría replicar en el Perú, El Hito realizó una entrevista con el abogado litigante Daniel Reátegui.
¿Le parece efectiva la medida de vetar de los espectáculos deportivos a los deudores alimentarios?
Una medida puede ser acatada por donde más duele y los argentinos son futboleros. Es una medida disuasiva que estaría en conflicto con la libertad de asistir a un lugar público, es controversial. Sin embargo, no es la única manera de que un argentino pueda ver fútbol, porque podría conectarse desde su celular.
¿Cree que este tipo de medidas podrían ejercer más presión en los deudores que otras sanciones monetarias o ir a la cárcel?
Esa es una medida administrativa, al igual que en el Perú existe la medida de que si alguien no paga los devengados de las pensiones, se les inscribe en el registro de deudores alimentarios morosos. Y esa inscripción tiene la peculiaridad de que los inscritos no pueden trabajar para el Estado, pero eso no implica que se les impida trabajar para las empresas privadas. A veces sale una norma y algunos se salen por la tangente. Entonces, si no pueden asistir al espectáculo, lo pueden ver por televisión. Creo que no sería tan efectivo.
Ya comentó sobre las sanciones que hay actualmente en el Perú ¿Cuál es la reacción de los deudores alimentarios a éstas?
En el Perú, si el deudor debe unas pensiones devengadas, un período no pagado, el juzgado civil le da un plazo de cinco días para pagar bajo dos advertencias. Uno es que se remitan copias a la fiscalía para que inicien un proceso penal por delito de omisión de asistencia familiar. Y el otro es que le van a inscribir en el REDAM, Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Sin embargo, lo que se ve en la actualidad es que los deudores, a pesar de sus apercibimientos, no pagan. En el caso del REDAM, pueden no tener interés en trabajar en el Estado y la inscripción no les va a afectar en nada. Y del lado de la denuncia por delito de omisión de asistencia familiar, ellos saben que eso toma tiempo hasta que pase a la fiscalía. Van a pagar, pero cuando estén en el juez, porque si no pagan en el juicio penal podrían ir a la cárcel.
¿Cree que esta medida de vetar a los deudores alimentarios de los espectáculos deportivos pueda ser viable en nuestro país?
De ninguna manera, porque hay otras maneras en que el peruano pueda tener acceso a ver los partidos. Además, habiendo ya otras medidas, igual no cumplen. La solución sería que se aceleren los procesos y no se demoren tanto en la fiscalía y en el juzgado para que sean sanciones inmediatas.
